Decreto N° 40/992
FUNCIONARIOS EXCEDENTES - REDISTRIBUCION DE FUNCIONARIOS
Promulgación: 27/01/1992
Publicación: 06/03/1992
- Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.226 de 29/10/1991 artículo 10.
Artículo 5
No se podrán liquidar las compensaciones propias de la Oficina de
destino hasta tanto se efectúe la incorporación definitiva de los
funcionarios.
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