HISTORIA LABORAL. SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 11/02/1998
Publicación: 18/02/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 300
Referencias a toda la norma

Artículo 3

(Información de las afiliaciones, altas y bajas). La información sobre
las afiliaciones, altas y bajas que se operen, será suministrada por parte
del Banco de Previsión Social a los empleadores, trabajadores y a todo
aquel con potestades legales para solicitarla, y tendrá, en los casos en
que corresponda, los efectos previstos en el inciso 2º del art. 4º de la
ley 16.190 del 20 de junio de 1991.-
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