Derogada/o por: Decreto Nº 197/006 de 22/06/2006 artículo 16.
VISTO: el Decreto Nº 111/2000 de 25 de abril de 2000;
RESULTANDO: que el mismo dispone que para la contratación de personal al
amparo del artículo 410 de la Ley No. 16.170 de 28 de diciembre de 1990,
a excepción de médicos, se requiere la previa organización de un Registro
de Aspirantes y el posterior sorteo entre los candidatos habilitados;
CONSIDERANDO: I) que el artículo 3º del Decreto mencionado establece que
los aspirantes podrán presentar su postulación hasta el último día hábil
del mes de febrero de cada año;
II) que en los años anteriores se han producido inconvenientes derivados
de la dificultad de los interesados para acceder a la documentación
probatoria de los cursos y títulos obtenidos debido al período de
vacaciones de los institutos de enseñanza;
III) que el período estival afecta negativamente el reclutamiento de
aspirantes mediante convocatorias públicas;
IV) que en consecuencia, se considera conveniente modificar el período de
inscripción de aspirantes a ser contratados por el mencionado artículo
410 de la referida Ley No. 16.170;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA: