Los establecimientos comprendidos en el presente Decreto deberán
proceder al retiro de la totalidad de los "ceniceros" y/o similares del
interior de los locales comprendidos en el Decreto 268/005.
Considérese obligatorio la colocación de avisos alusivos que contengan
las siguientes leyendas: "prohibición de fumar"; "Ambiente 100 % libre de
humo de tabaco".