PRORROGA DE LOS PRECIOS MINIMOS DE EXPORTACION




Promulgación: 31/07/1985
Publicación: 26/08/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 91
 Visto: el decreto 72/985, del Poder Ejecutivo, de 15 de febrero de 1985.

 Resultando: que el mismo prorrogó por un período de 6 (seis) meses los
Precios Mínimos de Exportación de carácter definitivo fijados por el
artículo 1o. del decreto 276/984, de 10 de julio de 1984 para la
importación de cajas de cartón corrugado, excepto las importadas en
régimen de Admisión Temporaria con destino al Sector Pesca, y de cartón
corrugado en hojas o en rollos.

 Considerando: que de acuerdo a lo que surge de los análisis realizados,
procede disponer una nueva prórroga de los citados Precios Mínimos de
Exportación.

 Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983, de 5 de enero de 1983 y
141/984, de 10 de abril de 1984 y a lo informado por la Comisión creada
por el primero de los mencionados decretos,

                        El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Prorrógase por un período de 6 (seis) meses, los Precios Mínimos de
Exportación de carácter definitivo fijados por el artículo 1º del decreto
276/984, de 10 de julio de 1984 y prorrogados por el decreto 72/985, de 15
de febrero de 1985.
Referencias al artículo

TARIGO - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - MARIO C. FERNANDEZ - CARLOS JOSE PIRAN
- ROBERTO VAZQUEZ PLATERO
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