BENEFICIOS A LA IMPORTACION DE BOVINOS




Promulgación: 01/07/1976
Publicación: 14/07/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 24
Referencias a toda la norma
Visto: la gestión de la Cámara de la Industria y Vestimentas de Cuero
tendiente a obtener prórroga del decreto 1.025/974, de 19 de diciembre de
1974, prorrogado por los decretos 495/975, de 18 de junio de 1975 y 4/976,
de 7 de enero.

Resultando: I) Que por el mencionado decreto se estableció un régimen
amplio para la importación de cueros bovinos y se dictaron otras medidas
promocionales para las industrias del sector;

II) Que las medidas adoptadas permitieron el desarrollo de esta industria,
previéndose un incremento mayor aún de sus exportaciones.

De conformidad: con lo informado por la Dirección General de Asistencia y
Contralor Industrial,

El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1976 la vigencia de la disposición
establecida en el artículo 1º del decreto 1.025/974, la vigencia de las
disposiciones referidas en los artículos 2º y 5º inclusive, de dicho
decreto.

DEMICHELI - ADOLFO CARDOSO GUANI - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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