VISTO: los conciertos organizados por la Secretaría General Iberoamericana a realizarse el 28 de octubre de 2006 en las Canteras del Parque Rodó y el 4 de noviembre de 2006 en el Estadio Centenario, en el marco de la XVI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno - Montevideo, Uruguay.
RESULTANDO: que el total de la recaudación será donado al Hospital Español de Montevideo.
CONSIDERANDO: que es conveniente otorgar determinadas franquicias fiscales en atención a la naturaleza del organizador y a la finalidad que persigue el evento.
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Declárase promovida al amparo de lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, la realización de los conciertos a realizarse el 28 de octubre de 2006 en las Canteras del Parque Rodó y el 4 de noviembre de 2006 en el Estadio Centenario, en el marco de la XVI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno - Montevideo, Uruguay, organizados por la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB).
Otórgase un crédito por los Impuestos al Valor Agregado (IVA) y de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social (COFIS), incluidos en las adquisiciones de bienes y servicios que integren el costo incurrido en la realización de los eventos a que refiere el artículo anterior.
Dicho crédito será materializado en las condiciones que determine la Dirección General Impositiva.-
Exonérase del Impuesto al Valor Agregado, las retribuciones obtenidas por los artistas no residentes que participen en los conciertos referidos en el presente Decreto.