Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la situación funcional existente en la Jefatura de Policía de Montevideo, con motivo de la creación del Centro de Procesamiento de
Datos y Mecanizada, de acuerdo a lo previsto por el artículo 2º de la ley 14.800 de 30 de junio de 1978 y decreto de Reestructura Presupuestal del Ministerio del Interior 242/979, de 2 de mayo de 1979.
Resultando: I) Que por el artículo 5º, inciso 4º del decreto 242/979 se hicieron transformaciones de cargos correspondientes al Subescalafón de Policía Especializada, distribuyéndose los grados según las distintas especialidades en materia de computación;
II) Como consecuencia de ello, no han podido ser provistos los cargos desde Subcomisario a Oficial Ayudante inclusive, en virtud de no contar con funcionarios técnicamente capacitados para desempeñarlos.
Considerando: que habiéndose tomado medidas para proceder a la capacitación del personal necesario, se requieren normas que permitan efectuar las designaciones ya que se está frente a una nueva especialidad, por lo cual en las disposiciones vigentes no se contemplan las condiciones para que aquéllas sean justas y adecuadas para el mejor funcionamiento del servicio.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Los cargos vacantes del Centro de Procesamiento de Datos y Mecanizada de la Jefatura de Policía de Montevideo, se proveerán con los funcionarios de dicha especialidad que hubieran realizado cursos de capacitación para las tareas inherentes al cargo que se hubieren dispuesto al efecto y de acuerdo al orden de prelación resultante del puntaje obtenido en los referidos cursos.