IMPUESTOS. DECLARACIONES JURADAS. LIQUIDACION Y PAGO




Promulgación: 25/06/1968
Publicación: 28/06/1968

Resumen:

Prorrógase hasta el 20 de julio de 1968 el plazo establecido para la presentación de Declaraciones Juradas y pago de los Impuestos al Patrimonio y Concentración de Tierras y a la Renta de las Personas Físicas, Industria y Comercio y Sociedades de Capital.

Artículo 4


		
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