El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
La Oficina de Planeamiento y Presupuesto a través de la Dirección de Descentralización e Inversión Pública, en su calidad de ejecutora de las obras y proyectos contratados en el marco de los referidos programas, deberá verter el importe correspondiente a las retenciones por cuenta y a nombre de las Intendencias Departamentales subejecutoras.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, las Intendencias Departamentales serán responsables del cumplimiento de las obligaciones formales correspondientes.