EXONERACION TRIBUTARIA A LAS IMPORTACIONES DE MOTORES DIESEL




Promulgación: 20/05/1975
Publicación: 02/06/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 1150
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Las mercaderías referidas en el artículo precedente estarán exoneradas
del pago de derechos aduaneros y adicionales, impuesto a las importaciones
creado por el artículo 173º de la ley 13.637 del 21 de diciembre de 1967,
tasas consulares y portuarias así como cualquier otro tributo o impuesto a
la importación o aplicado en ocasión de la misma. 
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