Visto: la gestión promovida por el Frigorífico Canelones Miguel Ameglio
S.A. tendiente a que se declare como exportación no tradicional al "Boiled
Beef" y "Cubed Beef" elaborados a partir de carne vacuna cocida.
Resultando: la Asesoría Técnica Económica del Ministerio de Industria y
Energía considera que puede accederse a lo solicitado.
Considerando: que es conveniente declarar que los productos
especificados por el Frigorífico Canelones Miguel Ameglio S.A. son
exportación no tradicional.
Atento: a lo informado por la Asesoría Técnica Económica del Ministerio
de Industria y Energía y lo dispuesto por el decreto 756/968, del 18 de
diciembre de 1968 (productos tradicionales y no tradicionales),
El Presidente de la República
DECRETA:
Decláranse comprendidas en la definición del artículo 2º del decreto
756/968, de 18 de diciembre de 1968, las exportaciones de "Boiled Beef" y
"Cubed Beef".
Defínese como "Boiled Beef" y "Cubed Beef" al producto elaborado con
carne vacuna desosada, magra totalmente limpia de grasa, cartílagos,
tendones, ligamentos, aponeurosis, enfriada a 0 grados para permitir su
corte en cubos, luego cocida y clasificada según los tamaños y envasada al
vacío adicionándose cloruro de sodio, del 20 al 33% del jugo del
cocimiento que ha sido filtrado, o salsas con el agregado eventual de
féculas, especies, extracto de carne, extracto de tomate y caramelo, de
acuerdo a los requerimientos del mercado.