APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA CORPORACION DE PROTECCION DEL AHORRO BANCARIO. EJERCICIO 2010




Promulgación: 29/12/2010
Publicación: 13/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 2067
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 Los funcionarios del Banco Central del Uruguay que, por aplicación de lo
dispuesto en el artículo 54 de la Ley 18.401 de 24 de octubre de 2008,
presten funciones en régimen de comisión en la Corporación de Protección
del Ahorro Bancario podrán percibir con cargo a este presupuesto el
complemento que fije el Directorio de la Corporación.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 14 (vigencia).
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