Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteo realizado por los trabajadores de la firma ASTRA
PESQUERIAS URUGUAYAS S.A., para que se extienda el plazo del Seguro por
Desempleo.
Resultando: I) Que en la empresa aún persisten los problemas
económicos para la reactivación de la actividad de producción.
II) Que hay voluntad de la parte trabajadora en continuar en el
amparo del Seguro por Desempleo, beneficio que es otorgado por el Banco de
Previsión Social.
Considerando: I) Que se continúan realizando gestiones por todas las
partes para revertir la situación por la que atraviesa la empresa.
II) Que lo anteriormente expuesto conllevaría a mantener la fuente de
trabajo de sus trabajadores.
Atento: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el artículo
4º de la Ley Nº 16.623 de 10 de noviembre de 1994, Decretos del Poder
Ejecutivo de 23 de mayo de 1995 y 14 de noviembre de 1995
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Amplíase por el plazo de 60 (sesenta) días, a contar de los respectivos
vencimientos de la última prórroga acordada, el beneficio de Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a los trabajadores de la
empresa ASTRA PESQUERIAS URUGUAYAS S.A.