APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2023




Promulgación: 23/12/2022
Publicación: 30/12/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 19

   La partida máxima que se podrá ejecutar por concepto de inversiones será la equivalente en términos presupuestales a la que se apruebe para el ejercicio 2023, por parte de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Ministerio de Economía y Finanzas.

   Previo a su inclusión en futuras instancias presupuestales, las ampliaciones de proyectos ya incluidos en el plan de inversiones y las modificaciones en las fuentes de financiamiento, deberán ser autorizadas por el Directorio con el informe favorable previo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Tribunal de Cuentas.
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