PRIMA POR ANTIGÜEDAD - La partida mensual que debe liquidarse a los funcionarios de la Institución por concepto de Prima por Antigüedad, se calculará a razón de $ 403 (cuatrocientos tres) por año de servicio público.
Al personal proveniente de la Banca Privada para el cómputo de los años de Prima por Antigüedad se considerará la fecha de ingreso a la actividad bancaria.