AUTORIZACION DE CAZA Y SACRIFICIO DE NUTRIAS EN EL TERRITORIO NACIONAL




Promulgación: 11/07/1979
Publicación: 27/07/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 173

DEL REGISTRO, COMERCIALIZACION, TRANSITO Y TENENCIA DE CUEROS DE NUTRIA

Artículo 7

   Los cueros de nutrias deberán transitar y comercializarse con la
documentación y requisitos que determinen la Dirección de Contralor Legal
del Ministerio de Agricultura y Pesca, en coordinación con la Dirección
Nacional de Contralor de Semovientes, Frutos del País, Marcas y Señales,
la que se hará pública a todos sus efectos.
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