AUTORIZACION DE CAZA Y SACRIFICIO DE NUTRIAS EN EL TERRITORIO NACIONAL




Promulgación: 11/07/1979
Publicación: 27/07/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 173

DEL REGISTRO, COMERCIALIZACION, TRANSITO Y TENENCIA DE CUEROS DE NUTRIA

Artículo 8

   La Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca
entregará a los interesados en transitar y comercializar los cueros de
nutrias, un Permiso de Tránsito y Tenencia Provisoria. Este permiso deberá
utilizarse junto con la Guía de Propiedad y Tránsito que expide DINACOSE y
únicamente tiene validez para justificar el desplazamiento de los cueros
de nutrias en poder del autorizado a cazar y sacrificar, hasta el local
que posean los consignatarios, acopiadores o depositarios.
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