VISTO: el Decreto Nº 65/002 de fecha 8 de febrero de 2002;
RESULTANDO: que el mencionado Decreto 65/002 declara prescindibles
para el desenvolvimiento de los cometidos sustanciales a cargo del Poder
Ejecutivo, los inmuebles fiscales urbanos, suburbanos y rurales,
detallados en el anexo adjunto y que forma parte integrante del mismo;
CONSIDERANDO: que procede dejar sin efecto la declaración de
prescindible respecto del bien inmueble padrón 4172 del departamento de
Montevideo que perteneciera al Ministerio de Defensa Nacional, afectando
actualmente a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC);
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
Déjase sin efecto la declaración de prescindible prevista en el
Decreto Nº 65/002 de 8 de febrero de 2002 y su Anexo Adjunto del bien
inmueble padrón 4172 ubicado en el departamento de Montevideo que
perteneciera al Ministerio de Defensa Nacional, afectado actualmente a la
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).
BATLLE - GUILLERMO STIRLING - DIDIER OPERTTI - ISAAC ALFIE - DANIEL
BERVEJILLO - LUCIO CACERES - JOSE VILLAR - SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO -
CONRADO BONILLA - MARTIN AGUIRREZABALA - JUAN BORDABERRY - SAUL IRURETA