Retribuciones no incluidas.- Al incremento adicional establecido en los
artículos 390 y 476 de la ley 17.930 de 19 de diciembre de 2005, para los
Incisos 16 "Poder Judicial", 25 "Administración Nacional de Educación
Pública" y 26 "Universidad de la República", no se le aplicarán los
aumentos previstos en los artículos 1º y 2º de este Decreto.
Las retribuciones incluidas en los Proyectos Educativos, tendrán el mismo
tratamiento que las abonadas con cargo a Proyectos de Inversión.