VISTO: la gestión del Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se
comprobaron en el planillado anexo a la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero
de 2001.-
RESULTANDO: que se constató que en la elaboración del Proyecto de Ley de
Presupuesto se omitió la presupuestación para el Ejercicio 2001, en el
Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas", Programa 003
"Dirección Nacional de Vialidad", Financiación 1.1, de las partidas
necesarias para financiar las obligaciones inherentes a los incentivos
motivados por renuncias, al amparo del régimen de excedencias por reforma
del Estado, originadas en la diferente casuística que establece la Ley Nº
16.736, de 5 de enero de 1996.-
CONSIDERANDO: I) que es necesario efectuar las correcciones de los
referidos errores y omisiones.-
II) que corresponde regularizar en el planillado, el Objeto 576 "Gastos
Reforma del Estado", dando de alta la suma de $ 1:195.561,oo (pesos
uruguayos un millón ciento noventa y cinco mil quinientos sesenta y uno)
para el año 2001 para hacer frente a los aludidos incentivos.-
ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la
Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la
Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Increméntase, en el planillado anexo a la Ley de Presupuesto Nº 17.296,
de 21 de febrero de 2001, el crédito asignado para el año 2001 en el
Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas", Programa 003
"Dirección Nacional de Vialidad", Financiación 1.1, según el siguiente
detalle:
(valor 1º de enero de 2000)
OBJETO IMPORTE EN $
576.018 1:195.561,oo