IMPUESTO AL PATRIMONIO. IMPUESTO A LOS ACTIVOS BANCARIOS Y DE CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO. EXONERACION A LA PRODUCCION DE TELAS QUE UTILICEN COMO MATERIA PRIMA LANA NACIONAL




Promulgación: 12/11/2004
Publicación: 24/11/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 1215
Referencias a toda la norma
   VISTO: el Decreto N° 252/003, de 19 de junio de 2003.

   RESULTANDO: que dicha norma otorgó determinadas franquicias fiscales a
la actividad de producción de telas que utilicen como materia prima a la
lana.

   CONSIDERANDO: conveniente extender provisoriamente los plazos de
aplicación de los beneficios establecidos en la referida disposición, a
efectos de dotar de un marco de previsibilidad a la actividad productiva
que se ha declarado promovida.-

   ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 11° de la Ley N° 16.906, de 7
de enero de 1998.

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Extiéndese la exoneración del Impuesto al Patrimonio, a que refiere el
artículo 2° del Decreto N° 252/003, de 19 de junio de 2003, a los
ejercicios cerrados hasta el 30 de junio de 2005.

Artículo 2

   La reducción de alícuotas de los Impuestos a los Activos Bancarios, y de Control del Sistema Financiero, dispuesta por el artículo 3° del 
Decreto N° 252/003, 19 de junio de 2003, tendrá vigencia hasta el 30 de 
junio de 2005.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese, etc.

BATLLE - ISAAC ALFIE - JOSE VILLAR
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