REGULACION DE LA ACTIVIDAD DE LOS CENTROS Y SERVICIOS DE HEMODIALISIS CRONICA AMBULATORIA Y DIALISIS PERITONEAL




Promulgación: 21/08/2008
Publicación: 04/09/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 675

CAPITULO V - DE LA PRESTACION DE SERVICIOS

Artículo 17

 El Centro debe ofrecer el seguimiento en relación a:
a) Controles Clínicos: en Hemodiálisis y en Diálisis Peritoneal.
b) Controles Paraclínicos.
c) Cambio de Técnica Dialítica.

Ayuda