El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 3
Las disposiciones contenidas en los artículos anteriores se aplicarán a centrales de generación de energía eléctrica a partir de biomasa que se encuentren en servicio, instaladas a partir de decretos promocionales y que cuenten con una potencia de hasta 20 MW, y a los emprendimientos industriales vinculadas a las mismas en procesos de cogeneración.