APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BPS. EJERCICIO 2022




Promulgación: 16/12/2021
Publicación: 31/12/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 28

   PRESTACIÓN POR GUARDERÍA. Facúltese al Banco de Previsión Social a abonar a sus funcionarios un reintegro por gastos que demandan la atención de menores a cargo en algún centro educación inicial privado (CEIP) de hasta cuatro años de edad siempre que cumplan entre el 1° de mayo y el 31 de diciembre de cada año. El monto de la partida tendrá un tope individual de 1.5 BPC mensuales por menor de acuerdo a lo establecido en la RD 44-48/2020 de 9 de diciembre de 2020.


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 79 (vigencia).
Ayuda