APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BPS. EJERCICIO 2022




Promulgación: 16/12/2021
Publicación: 31/12/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 65

 SISTEMA DE REMUNERACIÓN VARIABLE. Facúltase al Banco de Previsión Social, a establecer un Sistema de Remuneración Variable para sus funcionarios, de acuerdo al cumplimiento de las metas, objetivos y actuación individual, según lo establecido en las R.D. N° 19-2/2011, 12-3/2012,35-1/2012 y 26-1/2017, modificativas y concordantes, previo acuerdo con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. De lo actuado se dará cuenta al Tribunal de Cuentas.

   El monto a distribuir será de $662.434.342 (pesos seiscientos sesenta y dos millones cuatrocientos treinta y cuatro mil trescientos cuarenta y dos) a valores de enero 2021.

   A tales efectos se tomarán en cuenta las pautas dispuestas en la Nota 025/C/18 del 12 de abril de 2018 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, las que se ajustarán a las características del Instituto.


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 79 (vigencia).
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