TITULO II. DERECHOS DE LOS TITULARES DE DATOS CAPITULO I. DERECHO DE ACCESO
Artículo 13
Derecho de supresión. El derecho de supresión es el que tiene el titular
a que se eliminen los datos cuya utilización por terceros resulte
ilegítima, o que resulten ser inadecuados o excesivos.
La supresión no procederá cuando los datos personales deban ser
conservados en virtud de razones históricas, estadísticas o científicas y
de acuerdo con la legislación aplicable o, en su caso, en las relaciones
contractuales entre el responsable y el titular, que justificaren el
tratamiento de los datos.
El responsable deberá documentar ante el titular haber cumplido con lo
solicitado indicando las cesiones o transferencias de los datos suprimidos
e identificando al cesionario.