ADVERTENCIAS SANITARIAS EN PAQUETES DE CIGARRILLOS Y TABACOS




Promulgación: 20/10/2005
Publicación: 26/10/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1054

Artículo 2

 Los mismos se definen en ocho (8) imágenes que  deberán ser estampadas
en el 50% inferior de ambas caras principales de toda cajilla de
cigarrillos y en general en todos los paquetes y envases de productos  de
tabaco y en todo empaquetado y etiquetado de similar característica, en
el orden y según la forma que luce en el modelo adjunto, debiéndose
imprimir igual número de cada tipo de diseño de cajilla, para cada marca
que exista en el mercado.
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