1) Los funcionarios que cumplan tareas de Cajero y/o manejen valores,
percibirán un complemento de su remuneración actual de 10% del GEPU
40 con un tope del GEPU 52.
A los funcionarios que realicen la suplencia de los cajeros
titulares y/o que manejen valores se les remunerará de la misma
manera que a éstos y en proporción al tiempo trabajado.
2) Los 7 funcionarios integrantes de la Clase Técnica, Sub-Clase
Enfermería que cumplan tareas en el Centro Coordinador de Servicios
del Hospital BSE percibirán 2 grados sobre el GEPU que reciben por
su cargo presupuestal. Los funcionarios que realicen la suplencia de
la misma que los titulares y en proporción al tiempo trabajado. Para
la asignación de dichas tareas deberá efectuarse el concurso
correspondiente.
3) Los 2 funcionarios de la Clase Técnica, Sub-Clase Enfermería que
tengan el curso habilitante y cumplan tareas de Vacunador,
percibirán 2 grados sobre el GEPU que reciben por su cargo
presupuestal. Los funcionarios que realicen la suplencia de las
mismas en forma transitoria recibirán la remuneración
correspondiente de la misma manera que los titulares y en proporción
al tiempo trabajado. Para la asignación de dichas tareas deberá
efectuarse el concurso correspondiente.
4) Los cargos asignados al Hospital BSE que además de ser Ingenieros se
les requiera capacitación complementaria excluyente en el área de
Ingeniería Biomédica e Ingeniería Clínica, aplicada al equipamiento
médico de Instituciones de salud u hospitalaria cobraran una
compensación al GEPU 49 sobre el GEPU que perciben por su cargo
presupuestal.
5) Los dos Auxiliares de Enfermería que realicen tareas de Ayudante
Técnico Ortopedista, percibirán una compensación de 4 grados sobre
el GEPU que percibe por su cargo presupuestal.
Los funcionarios que realicen la suplencia de las mismas en forma
transitoria recibirán la remuneración correspondiente de la misma
manera que los titulares y en proporción al tiempo trabajado.
Dichas tareas se asignarán por concurso.
6) Los dos funcionarios de la Clase Técnica Sub Clase Enfermería que
cumplen tareas en el Economato del Centro Quirúrgico del HBSE,
percibirán 2 grados sobre el GEPU que reciben por su cargo
presupuestal.
Los funcionarios que realicen la suplencia de las mismas en forma
transitoria recibirán la remuneración correspondiente de la misma
manera que los titulares y en proporción al tiempo trabajado.
Para la asignación de dichas tareas deberá efectuarse el concurso
correspondiente.