DETERMINACION DE QUE LA CONTADURIA GENERAL DE LA NACION AJUSTARA LOS CREDITOS DE LOS PROGRAMAS PRESUPUESTALES PARA FINANCIAR LOS INCREMENTOS EN LOS ARRENDAMIENTOS DE INMUEBLES
Los créditos referidos en el artículo anterior, comprenderán los
aumentos en los arrendamientos de conformidad a los artículos 3º y 15 de
la ley 14.219, del 4 de julio de 1974, de los contratos con plazo
contractual vigente o vencido al 1º de febrero de 1979 y sus renovaciones
siempre que éstas se efectúen de acuerdo a lo preceptuado por el artículo
1º del decreto del 13 de enero de 1934 y artículo 51 del decreto 104/968.
(*)