Ver vigencia: Decreto Nº 79/011 de 18/02/2011 artículo 1.
VISTO: la gestión de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
Eléctricas (U.T.E.) por la que solicita la designación para ser
expropiado, del inmueble empadronado con el Nº 242(P) ubicado en la
Localidad Catastral Mercedes, departamento de Soriano.
RESULTANDO: I) que el inmueble de referencia servirá de asiento a una Sub
Estación; siendo indispensable para cumplir con la distribución de energía
eléctrica en la zona.
II) que la Dirección Nacional de Catastro tasó la fracción a adquirir en
U.R. 174,3764 (ciento setenta y cuatro con 3764/10.000 Unidades
Reajustables del Banco Hipotecario del Uruguay);
CONSIDERANDO: I) que corresponda acceder a lo solicitado, en mérito a que
de tal suerte, UTE podrá brindar el servicio de electrificación con mayor
eficacia y seguridad;
II) lo dispuesto por la Ley Nº 3.958 de 28 de marzo de 1912 y sus
modificativas, decretos leyes Nos. 14.694 de 1º de setiembre de 1977 y
15.031 de 4 de julio de 1980.
ATENTO: a lo expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y
Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) el inmueble empadronado con el Nº 242(P),
ubicado en la Localidad Catastral Mercedes, departamento de Soriano y que
según plano de mensura Nº 1429 del Departamento de Bienes Raíces,
levantado por el Ing. Agrim. Leonardo González, se deslinda de la
siguiente manera: 4,00 m de frente al Este a la calle Zapicán, distando su
punto más cercano con la calle Detomasi 39,95 m; 6,00 m al Sur que lindan
con padrón Nº 243; 4,00 m al Oeste lindando con parte del padrón Nº 242 y
6,00 m al Norte lindando con parte del mismo padrón Nº 242, cuya fracción
tiene un área de 24,00 mc.