MODIFICACION DEL DECRETO 220/998 RELATIVO A LA REGLAMENTACION DEL IVA




Promulgación: 31/10/2001
Publicación: 07/11/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1056
VISTO: la solicitud de incluir los bienes denominados "bolsas para 
recolección de frutas" dentro de la nómina de insumos agropecuarios 
exonerados del Impuesto al Valor Agregado, establecida en el artículo 39º 
del Decreto Nº 220/998, de 12 de agosto de 1998.-

RESULTANDO: I) que el literal I del numeral 1) del artículo 19º del 
Título 10 del Texto Ordenado 1996 exonera del Impuesto al Valor Agregado 
a los bienes a emplearse en la producción agropecuaria y materias primas 
para su elaboración, facultando al Poder Ejecutivo a determinar la nómina 
de los bienes comprendidos.-

II) que por el artículo 39º del Decreto Nº 220/998, se determina la 
nómina de los bienes incluidos en la exoneración referida.-

CONSIDERANDO: que los respectivos informes técnicos establecen el uso 
agropecuario de los bienes de referencia.-

ATENTO: a lo expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

(*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 220/998 de 12/08/1998 
artículo 39 numeral 42).

BATLLE - ALBERTO BENSION


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