APROBACION DE LOS "PROCEDIMIENTOS PARA LA OBTENCION DE LOS PERMISOS DE SOBREVUELO Y/O ATERRIZAJE Y/O ACUATIZAJE DE AERONAVES DE ESTADO EXTRANJERAS EN EL TERRITORIO NACIONAL Y SUS AGUAS JURISDICCIONALES"
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: las normas sobre procedimiento para la obtención del permiso de sobrevuelo y/o aterrizaje en el territorio nacional de aeronaves militares extranjeras aprobadas por el Decreto N° 34/993, de 25 de enero de 1993;
CONSIDERANDO: que el Comando General de la Fuerza Aérea estima necesario adecuar el procedimiento referido en el Visto a la normativa vigente, así como a la actual estructura orgánica de la Fuerza Aérea;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley N° 19.775, de 26 de julio de 2019, literales A), D) y H) del artículo 5°, artículo 6°, literales C) y E) del artículo 18 y artículo 21 del Decreto-Ley N° 14.747, (Ley Orgánica de la Fuerza Aérea), de 28 de diciembre de 1977, por el Código Aeronáutico aprobado por el Decreto-Ley N° 14.305, de 29 de noviembre de 1974 y por el Decreto N° 49/005, de 15 de febrero de 2005 y a lo informado por la Sección Asesoría Jurídica, Notarial y Económica-Financiera del Comando General de la Fuerza Aérea y por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Apruébase los "Procedimientos para la obtención de los permisos de sobrevuelo y/o aterrizaje y/o acuatizaje de aeronaves de Estado extranjeras en el territorio nacional y sus aguas jurisdiccionales", los cuales se encuentran agregados por Anexo (*) y forman parte integrante del presente Decreto.