APROBACION DEL PROYECTO DE FORMULACION DE ESTRUCTURA ORGANIZATIVA. URSEC




Promulgación: 23/01/2008
Publicación: 31/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 157

Artículo 5

 Los funcionarios de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC) que ocupen los puestos de trabajo transferidos según lo dispuesto
en los incisos primero y segundo del artículo 195 de la Ley Nº 17.930, de
19 de diciembre de 2005, que cumplan con los requisitos tales como nivel
de suficiencia y perfil, podrán acceder a los puestos de trabajo
definidos en la estructura que se aprueba, al amparo de lo establecido en
el artículo 7 de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001, previo 
concurso de méritos o de oposición y méritos. Sin perjuicio de lo 
establecido en el inciso anterior, aquellos funcionarios que no cumplan 
con los mencionados requisitos, mantendrán su calidad de contratados o 
presupuestados y su remuneración. La función o el cargo será la que 
corresponda según las tareas que se le adjudiquen de acuerdo con la 
estructura que se aprueba, atendiendo a su perfil.
Ayuda