VISTO: Lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto N° 614/008 de 8 de
diciembre de 2008.
RESULTANDO: I) Que la citada disposición establece la integración de los
Tribunales de concurso para la provisión de los cargos y funciones
pertenecientes al Subescalafón CO3 "Alta Conducción" del Escalafón CO
"Conducción" del Sistema Integrado de Retribuciones y Ocupaciones, SIRO.
II) Que el numeral 1) prevé dicha integración a los efectos de la
instancia que regula el inciso 3° del artículo 47 de la Ley N° 18.172 en
la redacción dada por el artículo 20 de la Ley N° 18.362.
III) Que el numeral 3) literal a) del mismo prevé la integración del
Tribunal para la provisión de los cargos y funciones creados por los
artículos 14 y 16 de la Ley N° 18.362.
CONSIDERANDO: I) Que resulta necesario modificar lo atinente a la
representación de los concursantes, a fin de viabilizar la integración de
los referidos Tribunales de concurso.
II) Que en tanto se trata de proteger los intereses de quienes
eventualmente participen en los concursos, corresponde que dicha
representación sea asignada a un funcionario del Inciso.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA: