VISTO: el decreto N° 439/011, de 12 de diciembre de 2011, que regula la
presentación de determinada información ante la Comisión Sectorial del
Arroz por parte de los exportadores de arroz, respecto de la producción y
comercialización de productos destinados al comercio internacional;
RESULTANDO: que resulta necesario introducir modificaciones a los
requerimientos de información previstos por la referida norma a fin de
facilitar su presentación por parte de los exportadores de arroz;
CONSIDERANDO: que resulta de suma importancia simplificar la presentación
de la información requerida por la referida norma a la vez que cumplir con
el objetivo de preservar las cadenas productivas integradas y de larga
trayectoria como lo es la cadena del arroz;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la ley N° 16.671, de 13 de
diciembre de 1994, que aprueba los Acuerdos firmados resultantes de la
Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, contenidos en
el Acta Final suscrita en Marrakech el 15 de abril de 1994;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 439/011 de 12/12/2011
artículo 1.
JOSÉ MUJICA - TABARÉ AGUERRE - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN