Visto: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea solicitando la
sustitución del título y texto de la Tabla 17 -Precio por Almacenamiento
de Carga de Llegada del decreto 387/983 del 7 de octubre de 1983 que
regula la Tasa y Precios por Servicios Aeroportuarios que aplica la
Dirección General de Infraestructura Aeronáutica en el área de su
competencia.
Considerando: que en la sustitución propuesta, el título define más
acertadamente el servicio que se cobra y en el texto se reajustan plazos
y rebajan precios en forma que no inciden perjudicialmente sobre las
finanzas del organismo y otorgan facilidades al Comercio importador que
se revertirán a la economía nacional al reducir costos operativos.
Atento: a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea y por la
Contraloría e Informática Jurídicas del Ministerio de Defensa Nacional,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Sustitúyese en el artículo 3 del decreto 387/983 del 7 de octubre de
1983 el contenido de la Tabla 17, por el siguiente: (*)