APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANTEL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 16/08/1991
Publicación: 25/03/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 24

   Trasposiciones de rubros en el presupuesto operativo. Las trasposiciones entre los Rubros de cada Programa Operativo, deberán ser
autorizadas por el jerarca del Organismo, dando cuenta a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.
   Las trasposiciones tendrán las siguientes limitaciones:
 
   a) Sólo podrán servir como reforzantes, partidas que tengan asignación 
de carácter anual y no ser estimativas.
   b) El rubro 0 (Retribuciones de Servicios Personales) no podrá ser    
reforzado ni servirá como reforzantes.
   c) Los renglones del Rubro 0 podrán reforzarse entre sí ajustándose a 
las condiciones siguientes:
   1) Que sólo se trasponga hasta el monto del crédito disponible y no
comprometido.
   2) Los renglones de los subrubros 01, 02, 03, no podrán reforzarse
entre sí, ni ser reforzados por renglones de otros subrubros, ni servir 
como reforzantes.
   d) Los Rubros 7 y 8 (Transferencias y Desembolsos Financieros
respectivamente), no podrán servir como reforzantes.
   e) El Rubro 9 (Asignaciones Globales) no podrá ser reforzado. 
Ayuda