El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo adecuaciones del rubro 0 "Retribuciones de Servicios Personales" y rubro 6 "Cargas legales y Prestaciones de Carácter Social", con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en períodos no menores de tres meses, ni mayores de cuatro.
Para ello, se tendrá en cuenta la variación del Indice General de
Precios al consumo confeccionado por la Dirección General de Estadística
y Censos y sus disponibilidades financieras. Aprobada la adecuación de
rubros por el Poder Ejecutivo, previo asesoramiento de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, los antecedentes se remitirán al Tribunal de
Cuentas para su conocimiento.