VISTO: las disposiciones del Título 8 del Texto Ordenado 1996, que
regulan el Impuesto a las Rentas de los No Residentes.
RESULTANDO: que con motivo de la realización de la Expo Prado 2008,
Edición número 103 de la Exposición Internacional de Ganadería y Muestra
Internacional, Agroindustrial y Comercial, a realizarse entre los días 10
y 21 de setiembre de 2008, entidades no residentes ingresarán a nuestro
país mercaderías destinadas a ser comercializadas en el referido evento.
CONSIDERANDO: que resulta conveniente designar responsables tributarios
por los hechos referidos, así como el otorgamiento de un régimen de
liquidación simplificada a efectos de asegurar los intereses del fisco y
facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los
contribuyentes.
ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 10 y 16 del Título 8 del Texto
Ordenado 1996.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Agente de percepción.- Desígnase a la Dirección Nacional de Aduanas
agente de percepción del Impuesto a las Rentas de los No Residentes, por
la renta proveniente de la comercialización en la Edición número 103 de la
Exposición Internacional de Ganadería: y Muestra Internacional,
Agroindustrial y Comercial, de los bienes ingresados al país.