IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES. EDICION 103 DE LA EXPOSICION INTERNACIONAL DE GANADERIA Y MUESTRA AGROINDUSTRIAL Y COMERCIAL (PRADO 2008)




Promulgación: 04/09/2008
Publicación: 10/09/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 803
VISTO: las disposiciones del Título 8 del Texto Ordenado 1996, que
regulan el Impuesto a las Rentas de los No Residentes.

RESULTANDO: que con motivo de la realización de la Expo Prado 2008,
Edición número 103 de la Exposición Internacional de Ganadería y Muestra
Internacional, Agroindustrial y Comercial, a realizarse entre los días 10
y 21 de setiembre de 2008, entidades no residentes ingresarán a nuestro
país mercaderías destinadas a ser comercializadas en el referido evento.

CONSIDERANDO: que resulta conveniente designar responsables tributarios
por los hechos referidos, así como el otorgamiento de un régimen de
liquidación simplificada a efectos de asegurar los intereses del fisco y
facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los
contribuyentes.

ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 10 y 16 del Título 8 del Texto
Ordenado 1996.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Agente de percepción.- Desígnase a la Dirección Nacional de Aduanas
agente de percepción del Impuesto a las Rentas de los No Residentes, por
la renta proveniente de la comercialización en la Edición número 103 de la
Exposición Internacional de Ganadería: y Muestra Internacional,
Agroindustrial y Comercial, de los bienes ingresados al país.

RODOLFO NIN NOVOA - MARIO BERGARA
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