TÍTULO IV: CATÁLOGO DEL SISTEMA NACIONAL DE CUIDADOS CAPÍTULO IV: SUBSIDIOS PARA CUIDADOS
Artículo 28
(Criterios para el otorgamiento de los subsidios) - En todos los casos en que se establezcan subsidios diferenciales, los criterios para establecer las diferentes franjas serán la situación socio-económica del usuario y su carga de cuidado, pudiendo incorporarse otros criterios en las reglamentaciones específicas.