APROBACION DE LA SELECCION Y DELIMITACION DEL AREA NATURAL PROTEGIDA DENOMINADA "ISLA DE FLORES"




Promulgación: 26/02/2018
Publicación: 06/03/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Ley N° 17.234, de 22 de febrero de 2000, por la que se constituyó el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas;

   RESULTANDO: I) que con fecha 27 de enero de 2011, la Dirección Nacional de Medio Ambiente formuló una propuesta de incorporación al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas a la Isla de Flores, localizada en aguas del Río de la Plata, incluyendo la parte emergida del sistema insular, así como un área acuática del sector, en un radio de hasta dos millas náuticas medidas desde la línea de la ribera;

   II) que su trascendencia ya había sido reflejada con anterioridad, por Decreto N° 447/996, de 20 de noviembre de 1996, a través de su incorporación al denominado "Parque Nacional de Islas Costeras", y por la declaración como "Parque Nacional", por Decreto N° 441/006, de 13 de noviembre de 2006;

   III) que de conformidad con el Decreto N° 52/005, de 16 de febrero de 2005, la propuesta fue presentada a la Comisión Nacional Asesora de Áreas Protegidas, en la sesión de 17 de marzo de 2011, puesta de manifiesto y sometida a la audiencia pública realizada en la ciudad de Montevideo, el 15 de agosto de 2011;

   CONSIDERANDO: I) que la designación de la Isla de Flores como área natural protegida y su incorporación al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, implica la concreción de un proceso de identificación y estudio que permitirá conservar y gestionar una muestra representativa de ecosistemas y ambientes, destacando su grado de naturalidad actual, la representatividad de ecosistemas autóctonos con valoración paisajística significativa, en una zona de valor histórico, arqueológico y cultural destacado, presentando hábitats particulares de flora y fauna, con excelentes oportunidades para la investigación científica;

   II) que según la información aportada por la Dirección Nacional de Catastro, se trata de un bien propiedad del Estado, no empadronado y sin planos de mensura inscriptos a la fecha;

   III) que por Resolución del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente N° 227/2015, de 24 de febrero de 2015, se aprobó la polilínea que identifica los límites del área natural protegida, para la propuesta de incorporación al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas;

   IV) que se establecerán medidas de protección para el área, de conformidad con las limitaciones y prohibiciones previstas por el artículo 8° de la Ley N° 17.234, de 22 de febrero de 2000, contestes con la categoría de Parque Nacional;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 17.234, de 22 de febrero de 2000, la Ley N° 17.283, de 28 de noviembre de 2000 y el Decreto N° 52/005, de 16 de febrero de 2005;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase la selección y delimitación del área natural protegida denominada "Isla de Flores", localizada en aguas del Río de la Plata, en la forma y con las pautas de manejo y condiciones generales de uso incluidas en la propuesta de la Dirección Nacional de Medio Ambiente. 
   El área referida incluye la parte emergida del sistema insular, así como una zona acuática de hasta dos millas náuticas medidas desde la línea de la ribera, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente N° 227/2015, de 24 de febrero de 2015, que aprobó la polilínea que identifica sus límites.

   TABARÉ VÁZQUEZ - ENEIDA de LEÓN - JORGE MENÉNDEZ - MARÍA JULIA MUÑOZ - VÍCTOR ROSSI - JORGE QUIÁN - ENZO BENECH - BENJAMÍN LIBEROFF
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