La etiqueta llevará, en el espacio destinado a tal fin, el sello de la
Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua, el de eficiencia
energética de la Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear y el
del Organismo de Certificación, tal como se indica en el Anexo adjunto y que integra el presente decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 430/009 de
22/09/2009.