CONTROL DE TRANSITO DE ANIMALES EN LA VIA PUBLICA POR INCLEMENCIAS CLIMATICAS




Promulgación: 13/11/1996
Publicación: 26/11/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1042
  Visto: que actualmente se ha resuelto, en general, la situación de
sequía que soportó nuestro país;

  Resultando: I) se ha producido la recuperación de las pasturas naturales
y de las praderas, y se ha generado un buen nivel forrajero;

II) han mejorado significativamente las condiciones climáticas adversas
para la producción agropecuaria, que dieron mérito a la adopción de
medidas excepcionales, entre ellas el pastoreo en determinadas vías de
tránsito público;

  Considerando: en consecuencia han desaparecido los fundamentos del
decreto Nº 322/996, de agosto de 1996, en cuanto declaró la situación que
atravesaba la agropecuaria en aquel momento, como causal de fuerza mayor
prevista en el Art. 3º del decreto Nº 35/983, del 28 de enero de 1983,
modificado por el Art. 1º del decreto Nº 282/984, del 17 de julio de 1984;

  Atento: a lo expuesto precedentemente,

                   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Derógase el decreto Nº 322/996, de 14 de agosto de 1996.

SANGUINETTI - ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI - DIDIER OPERTTI - LUIS MOSCA
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