CREACION DEL COMITE DE GOBERNANZA DE PROCESOS Y SOLUCIONES TRANSVERSALES Y DEROGACION DEL DECRETO 279/018




Promulgación: 27/12/2022
Publicación: 16/01/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   El Comité tendrá los siguientes cometidos:

a) Definir los estándares funcionales y tecnológicos que deben cumplir
   los sistemas transversales, sin perjuicio de las competencias
   específicas de otras entidades públicas, y determinar un esquema de
   gobernanza que permita su aplicación homogénea.
b) Establecer criterios comunes para una gestión eficiente y transparente
   de los recursos, así como para una ejecución coordinada en las áreas
   de gestión del cambio, gestión de proyectos, gestión del conocimiento,
   diseño de servicios y procesos de gestión y administración de activos
   informáticos.
c) Crear Comités Asesores de Usuarios pertenecientes a las entidades
   estatales, tanto funcionales como técnicos, así como los que entienda
   necesarios para su funcionamiento. A los efectos de su integración se
   solicitará a los jerarcas correspondientes la designación de los
   funcionarios necesarios para desempeñar las tareas que el Comité le
   proponga.
d) Informar y asesorar sobre los estándares definidos por el Comité a las
   entidades públicas en general.
e) Proponer las medidas necesarias para la preservación de los sistemas
   transversales objeto del presente decreto.
f) Resguardar y mejorar los productos empleados por las entidades
   estatales de la Administración Central para asegurar su reutilización,
   su conformación como sistema transversal, su compatibilidad con otros
   sistemas transversales, su sostenibilidad y evolución tanto funcional
   como tecnológica, así como de sus implementaciones en cada uno de los
   incisos.
g) Coordinar planes de fortalecimiento de sistemas transversales
   administrados por entidades parte de la Administración Central,
   incluyendo los empleados por otras entidades públicas, y su
   integración eficiente con los productos objeto de competencia del
   Comité.
h) Estandarizar procesos y sistemas para la gestión humana, de
   adquisiciones y financiero contable, promoviendo la aplicación de
   sistemas transversales que cumplan con los estándares definidos por el
   Comité.

i) Definir y liderar un esquema de Gobernanza, integrado por equipos de
   trabajo constituidos por representantes de las entidades de la
   Administración Central involucradas, para la gestión de las
   plataformas tecnológicas que se definan y de su ecosistema, incluyendo
   la gestión de los proyectos de implantación, del cambio organizacional
   y del conocimiento. La coordinación del funcionamiento del esquema de
   gobernanza y de la plataforma de uso tecnológico que se determinen,
   corresponderá a AGESIC, en base a los criterios definidos por el
   Comité.
j) Elaborar un plan para facilitar la convergencia y la gestión integral
   de los sistemas y plataformas referidas en el presente decreto, en
   todo el Estado.
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