CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 18 INDUSTRIA MOLINERA PANADERA Y
FABRICACION DE PASTAS FRESCAS. SUBGRUPO PANADERIAS CON PLANTA DE
ELABORACION SUS ANEXOS Y SUCURSALES
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 4
Establécese que si los aumentos salariales determinados por el
presente decreto, superan el 22% en ningún caso el traslado a precio
podrá ser mayor a lo que incide el 22% de los salarios al 1º de marzo de
1985, en la estructura de los costos de cada empresa.