Visto: la ejecución presupuestal 1988 de la Administración Nacional de
Telecomunicaciones.
Resultando: I) Que el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras
y Plan de Inversiones correspondiente al ejercicio 1988 fue aprobado por
decreto 31/989 de 31 de enero de 1989, como adecuación a las partidas
autorizadas por el decreto 591/987 del 6 de octubre de 1987 aprobatorio
del Presupuesto correspondiente al ejercicio 1987;
II) Que las asignaciones correspondientes a la mano de obra incluía
exclusivamente el aumento salarial vigente al 1º de marzo de 1988, en
tanto las restantes si bien estaban expresadas a precios corrientes de
1988, estimaban una inflación promedio del 50 %;
III) Que el nivel del gasto real fue para el presupuesto operativo
superior en un 14,7 % al autorizado, alcanzando al 69,2 % para el
presupuesto de inversiones, verificándose excesos a nivel de rubro y
renglón;
IV) Que la Empresa ha explicado las desviaciones incurridas.
Considerando: I) Que es conveniente proceder a la regularización de su
situación presupuestal;
II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe
favorable.
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase la ejecución presupuestal de la Administración Nacional de
Telecomunicaciones para el ejercicio 1988, de acuerdo con la siguiente
apertura.
LACALLE HERRERA - MARIANO R. BRITO - ENRIQUE BRAGA SILVA