REGLAMENTACION DE LA LEY 20.078, RELATIVA AL PAGO DE FLETE EN EL TRANSPORTE DE CARGA INTERNACIONAL TERRESTRE, CON ORIGEN O DESTINO EN LA REPUBLICA ARGENTINA
El representante de la empresa transportista tendrá 45 (cuarenta y cinco) días corridos para acreditar ante la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el debido pago de acuerdo a lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.