REGLAMENTACION DE LA LEY 20.078, RELATIVA AL PAGO DE FLETE EN EL TRANSPORTE DE CARGA INTERNACIONAL TERRESTRE, CON ORIGEN O DESTINO EN LA REPUBLICA ARGENTINA
En caso de no verificarse dicha acreditación en el plazo indicado o en su caso dentro de una prórroga otorgada por razones fundadas, la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, deberá sancionar la situación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo siguiente.