EXCEPCION A LA "DIRECCION NACIONAL DE AVIACION CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA", DE LOS NIVELES RETRIBUTIVOS NOMINALES PREVISTOS EN EL ART. 4° DEL DECRETO 362/014




Promulgación: 28/12/2022
Publicación: 17/01/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 4

   Establézcase que el nivel retributivo nominal máximo para la asignación transitoria de funciones en la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica no podrá superar el 70% (setenta por ciento) de la retribución nominal mensual correspondiente a un Ministro de Estado, con excepción de antigüedad y beneficios sociales.
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